Seguridad Social
A partir del 1/1/24 el RD 2/23 establece que el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución o entidad en la que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa”. Las prácticas formativas remuneradas ya cumplían con esta obligación, por lo que el RD 2/23 no les ha supuesto ningún cambio formal.
Por tanto, se incluye a los estudiantes en el sistema de Seguridad Social como personas asimiladas a trabajadores (NO como trabajadores) por cuenta ajena en el RGSS, y esto afecta a las prácticas universitarias no remuneradas de grado.
Además, a partir del mismo 1 de enero de 2024, entró en vigor una bonificación del 95% del importe a pagar (por lo que, con las cotizaciones actuales, supondría que el coste estimado de esta obligación es de 0,41 euros/día).
No obstante, si alguna empresa/institución, por el motivo que sea, no desea o no puede asumir esta obligación, con respecto a las prácticas no retribuidas, la Universidad de Sevilla, en su calidad de centro de formación responsable de la oferta formativa, se responsabilizaría de dicho cargo. Para ello deberán contactar con nosotros en el correo practicasfeceye@us.es para que les remitamos la adenda al Convenio en vigor, o un Nuevo Convenio que deberán diligenciar y enviar al Secretariado de Prácticas y Empleo.